La Cámara revocó el fallo que invalidó la ley penal juvenil y apartó del caso a la jueza De Marinis
La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal Juvenil de la Ciudad de Buenos Aires revocó por unanimidad el fallo de la jueza Laura Beatriz De Marinis que había declarado inconstitucional la reducción de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y sobreseído a un adolescente acusado de tentativa de robo. Los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca cuestionaron los fundamentos utilizados por la magistrada para dejar sin efecto la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil, ordenaron continuar la investigación y dispusieron su apartamiento del expediente.

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El pronunciamiento, al que accedió Infobae, constituye una de las primeras decisiones de una Cámara sobre la aplicación de la Ley 27.801, vigente desde el 5 de septiembre. El tribunal consideró que De Marinis había cuestionado una decisión de política criminal adoptada por el Congreso sin demostrar que la reducción de la edad de punibilidad contradijera una disposición de la Constitución Nacional o de los tratados internacionales de derechos humanos.
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“El control judicial, sin embargo, no autoriza a sustituir una opción legislativa por otra sólo porque la segunda parezca más conveniente, menos punitiva o preferible desde una determinada concepción de política criminal”, sostuvo Mahiques en su voto, al que adhirió íntegramente Larocca. Franza desarrolló sus propios argumentos y coincidió con la decisión de revocar la sentencia y apartar a De Marinis.
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El fallo responde a la apelación presentada por los fiscales Mauro Andrés Tereszko y Paula Raffa Pirra contra la resolución del 21 de septiembre, que había declarado inconstitucional el artículo 1° de la nueva legislación respecto de un adolescente identificado con las iniciales M.I.A., de 14 años, acusado de participar en un intento de robo ocurrido en Palermo.
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El camarista Ignacio Mahiques redactó el voto de mayoría que revocó el fallo de la jueza De Marinis
Los argumentos para revocar la inconstitucionalidad
La Cámara dedicó buena parte de sus fundamentos a examinar las razones utilizadas por De Marinis para considerar que la reducción de la edad de punibilidad vulneraba los derechos de los adolescentes.

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Mahiques sostuvo que la declaración de inconstitucionalidad constituye una herramienta excepcional y recordó la jurisprudencia de la Corte Suprema, que la considera la última alternativa del orden jurídico cuando una disposición legal resulta incompatible con una garantía constitucional.
En ese sentido, el camarista advirtió que la jueza había desarrollado extensamente los principios de protección integral de la infancia, pero no explicó de qué manera el límite de 14 años establecido por el Congreso resultaba contrario a una obligación constitucional o convencional concreta.